Las cuentas corrientes y
las libretas de ahorro son dos de los instrumentos de depósito de efectivo más
extendidos. Salvo pequeñas diferencias podríamos decir que tienen las mismas
características.
En las libretas o cuentas
de ahorro podemos retirar los fondos que hayamos depositado en cualquier
momento.
Para poder abrir una
libreta de ahorro debemos realizar de un contrato con la entidad bancaria. Una
copia de éste tiene que ser entregada al cliente, en él estarán reflejadas las
condiciones generales.
Con el contrato, la
entidad financiera le entrega al cliente una libreta nominativa. Ésta es no
endosable e intransferible.
Además, en la libreta van
a quedar reflejadas todas aquellas operaciones que se lleven a cabo.
La libreta no está
supeditada a ninguna oficina, sino que se puede utilizar en cualquiera que
forme parte la red de nuestra entidad financiera.
Otra característica de
las libretas es que llevan, normalmente, una banda magnética que se utiliza para
facilitar el tratamiento mecanizado. Ésta también incorpora ciertas medidas de
seguridad.
Los titulares de la
libreta suelen firmarla a través de un procedimiento que solo permite la ver
las firmas a través de luz ultravioleta.
Por lo demás no existe
ninguna diferencia entre una libreta de ahorro y una cuenta corriente.
Tanto los tipos de
interés como las comisiones vinculadas a las cuentas de ahorro y las cuentas
corrientes son iguales.
Una cuenta corriente es
un contrato de depósito irregular, es decir no son periódicos ni están
preestablecidos, entre la entidad bancaria y el cliente. A través de éste, la
entidad está obligada a custodiar el dinero recibido, comprometiéndose a su
vez, a tenerlo siempre a disponible para el cliente. Además debe admitir toda
clase de ingresos y pagos.
¿Qué necesitas para abrir una cuenta?
Para abrir una cuenta
solo debemos acudir a nuestra entidad financiera y entregar una determinada
cantidad de dinero, la cual constituirá nuestro primer depósito. También se
firmará un contrato (la entidad debe entregarnos una copia).
Además, en el caso de las
cuentas corrientes, la entidad entrega un talonario que permite disponer de los
fondos, mientras que en las cuentas de ahorro se entrega una libreta. En el
momento de la firma del contrato se rellena también la ficha de firmas. En ella
se recogen las firmas de las personas que cuentan con autorización para
disponer de los fondos.
Para abrir una cuenta
corriente tenemos que ser mayor de edad. El representante legal de una cuenta
es quien actúa en nombre del titular.
En caso de que una
persona esté incapacitada judicialmente o concursada va a sufrir ciertas tiene
restricciones a la hora de poder abrir cuentas bancarias. Para poder abrirlas
deberá establecerse un representante legal.
Si se trata de personas
jurídicas, la apertura de una cuenta bancaria debe ir acompañada con la
designación de las personas a las que se conceden los poderes para efectuar
operaciones vinculadas a dichas cuentas.
¿Qué es el código de cuenta cliente?
Todas las cuentas
bancarias se identifican a través de un código de uso universal que se compone
de 20 dígitos:
·
1111 2222 33 44 55555555
1111: Son 4 dígitos que
se utilizan para identificar a la entidad.
2222: Son 4 dígitos que
hacen referencia a la oficina en la que está abierta la cuenta.
33: Son 2 dígitos de
control. El primero de ellos se calcula a partir del 1111 y 2222. El segundo se
obtiene a partir de 55555555.
44: Son 2 dígitos que
representan el tipo de cuenta.
55555555: 5 dígitos
correspondientes al número de cuenta.
¿En qué operaciones es obligatorio presentar el NIF?
Cuando vamos a llevar a
cabo una operación es obligatorio presentar el NIF a la entidad de crédito.
Para abrir una cuenta tenemos que presentar nuestro NIF en ese mismo instante,
o como a más tardar, en el plazo de un mes a partir del siguiente día hábil.
Si tras este mes no hemos
presentado nuestro NIF, la entidad suspenderá las operaciones sobre dicha
cuenta.
Las entidades tampoco
podrán liberar cheques contra entrega de efectivo, bienes, valores u
otros cheques sin la comunicación previa del NIF del tomador, con excepción de
los cheques librados contra una cuenta bancaria.
Es obligatorio que las
entidades exijan el NIF a quienes quieran cobrar cheques emitidos por otras
entidad de crédito cuando el abono no se realice en una cuenta bancaria o en el
caso de que los cheques sean de un valor superior a los 3.005,06 € si los
pretende cobrar una persona distinta al librador.
Tipos de cuentas corrientes
Cuentas conjuntas
Este tipo de cuentas son
las que tienen más de un titular y requieren la firma de todos y cada uno de
los mismos para realizar cualquier operación. En el momento de la apertura se
decide si va a ser conjunta o indistinta. En caso de no especificar una u otra,
se entenderá que es una cuenta conjunta.
La principal ventaja de
este tipo de cuentas es que aportan una gran seguridad a los titulares, ya que
evita la realización de operaciones sin el consentimiento y conocimiento de todos.
Cuentas indistintas
Estas cuentas también
consta más de un titular, pudiendo cualquiera de ellos realizar operaciones sin
necesidad de la concurrencia de los demás. Se presupone una relación de
confianza entre los titulares al existir facultades solidarias.
Cuentas financieras o
supercuentas
Lo que diferencia a estas
cuentas de las tradicionales es la rentabilidad que ofrecen. Aunque en la
actualidad han perdido atractivo por el bajo nivel de los tipos de interés en
su momento rompieron con un estatus que se caracterizaba por la baja
remuneración del pasivo que ofrecían las entidades del sistema bancario.
En este tipo de cuentas
los fondos captados se colocan en los mercados monetarios y se ofrece a los
clientes un tipo de interés bastante similar al negociado en los mismos.
Cuentas de ahorro
vinculado
La característica
principal es que en ellas el ahorro depositado tiene una finalidad específica.
El ejemplo típico es el de las cuentas ahorro-vivienda, cuyo objetivo es la
adquisición de una vivienda con dos ventajas: mejores condiciones de
financiación y tratamiento fiscal favorable.
Tipos de saldo que se pueden dar en las cuentas corrientes
En cuanto al tipo de
saldo debemos diferenciar, por un lado, entre:
Saldo total o contable: Es el
total de fondos que hay en la cuenta.
Saldo disponible: Es la
parte del saldo total que tiene disponibilidad inmediata.
Saldo
retenido: Es la parte del saldo total que por algún motivo no está
disponible.
Y por otro lado podemos
distinguir entre:
Saldo acreedor: Refleja
el importe que el cliente tiene depositados en la entidad bancaria.
Saldo deudor: Indica
que el cliente ha dispuesto de un importe superior al previamente ingresado.
Esta situación, que coloquialmente se conoce como estar en números rojos,
requiere la aprobación de la oficina bancaria en la que está abierta esa
cuenta.
Se debe corregir lo antes
posible, si no queremos que nos cobren un elevado interés por descubierto.
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